El comprador de una vivienda sobre plano puede resolver el contrato de compraventa y recuperar las cantidades entregadas a cuenta, siempre y cuando la vivienda haya experimentado una alteración sustancial al perder ‘vistas’ o las condiciones de tranquilidad y ausencia de ruidos, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de noviembre de 2012 que publica hoy el diario El Economista.
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