“Comprar pisos con el único objetivo de especular acaba trayendo problemas”

 Miguel Ángel Ariño es profesor del Departamento de Análisis de Decisiones del IESE, escuela de negocios con la que fotocasa elabora mensualmente su estadística de precios de la vivienda en venta y alquiler. En esta entrevista, Ariño hace recapitulación en la evolución del mercado inmobiliario en el último año y lanza sus previsiones para el futuro próximo.
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en 10 días acaba el plazo para que el afectado pueda paralizar su desahucio

la ley de protección a los deudores hipotecarios contempla que cualquier afectado por el desahucio puede oponerse a la ejecución hipotecaria en caso de existencia de cláusulas abusivas en su hipoteca. sin embargo, el plazo que se ha dado es de sólo un mes y finaliza el próximo 16 de junio. varios abogados califican esta medida de “barbaridad” porque apenas se da margen de maniobra al deudor hipotecario que desconoce por completo esta posibilidad a no ser que cuente con un abogado, algo muy complicado ya que si deja de pagar la hipoteca significa que no tiene dinero para pagar a un abogado

el próximo 16 de junio finaliza el plazo del que dispone cualquier afectado por el desahucio para oponerse a la ejecución de su hipoteca en caso de que las escrituras contengan cláusulas abusivas (disposición transitoria cuarta de la ley de protección a deudores hipotecarios). en concreto, la ley establece que s partes ejecutadas dispondrán de un plazo preclusivo de un mes, a contar desde el día siguiente a la entrada en vigor de esta ley (el pasado 15 de mayo) para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de cláusulas abusivas. tal y como recuerda carmen giménez, abogado titular de g&g abogados, esta oposición también se podrá realizar incluso si ya se ha adjudicado la vivienda al banco pero aún no se ha producido el desahucio de la familia

el efecto inmediato que produce el hecho de que cualquier afectado se oponga a la ejecución hipotecaria es la suspensión de este procedimiento. y después ¿qué pasa? es el juez el que determina si existe carácter abusivo en las cláusulas. en caso afirmativo, el juez puede tomar dos caminos: decretar la improcedencia de la ejecución hipotecaria (pone fin a este procedimiento) o despachar la misma sin aplicación de las cláusulas abusivas. en cualquier caso, la ejecución hipotecaria se deja sin efecto y el ejecutado volverá a la situación anterior al inicio de la ejecución hipotecaria. además, se condenará al banco a pagar las costas de la oposición

sin embargo, esta posibilidad de paralizar el desahucio se desconoce por la mayoría de los afectados. carmen giménez señala que hace pocas semanas una plataforma de afectados por la hipoteca celebró un encuentro para informar a los afectados por el desahucio pero con muy poco éxito. el problema que pone en la mesa la letrada es que muy pocos afectados se enteran de que tienen esta posibilidad de paralizar el desahucio hasta el próximo 16 de junio. “si no tienen dinero para pagar la hipoteca tampoco lo tienen para pagar a un abogado para que les asesore”, añade

una vez finalizado el plazo para paralizar el desahucio, ¿qué se puede hacer?

a partir del 16 de junio ningún “ejecutado” por la hipoteca podrá paralizar el desahucio de su vivienda. la posible alternativa que tiene el afectado es intentar la vía del juzgado, es decir, comunicar que sea el juez el que revise el préstamo hipotecario por si hubiera alguna cláusula abusiva y si fuera así se paralizaría el desahucio. giménez recuerda que se trata de un intento pero no de una garantía, es decir, el juez debe revisar la existencia de cláusulas abusivas pero puede no hacerlo. “puedes dar con un juez muy comprometido con este problema social y que revise el contrato hipotecario o puedes dar con un juez que pase página”, apunta la letrada

la nueva ley contempla que el juez pueda apreciar de oficio la existencia de cláusulas abusivas en la hipoteca (artículo 552.1 de la ley de enjuiciamiento civil) y, como consecuencia, decretar la improcedencia de la ejecución o su continuación pero sin la aplicación de las cláusulas abusivas (en aplicación de la sentencia del tribunal de justicia de la unión europea de 14 de marzo de 2013). pero en la actualidad los juzgados hipotecarios están colapsados, con lo que esto se podría convertir en un “quiero y no puedo”. desde el despacho de abogados “g&g abogados” señalan que hoy en día los juzgados hipotecarios no tienen medios para revisar de oficio todos los contratos de hipotecas que se han ejecutado por las entidades financieras

desde hace años el tribunal de justicia de la unión europea lleva afirmando en varias sentencias que los jueces están obligados a revisar los contratos hipotecarios de los afectados por la ejecución hipotecaria en busca de cláusulas abusivas. sin embargo, en españa poco caso se ha hecho a estas sentencias, tal y como deja constancia carmen giménez, que se queja de que desde 2004-2005 la unión europea ha dictaminado por imperativo legal la obligación del juez a revisar la existencia de cláusulas abusivas en el contrato de la hipoteca
 

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En menos de un mes acaba el plazo para oponerse a una ejecución hipotecaria

La nueva Ley de Medidas para Reforzar la Protección a los Deudores Hipotecarios ha abierto el plazo el plazo de un mes, hasta el 16 de junio, para que todos los procesos de ejecución se paralicen y sean revisados por si contienen cláusulas abusivas o impeditivas que exijan su retirada.
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Tarjetas bancarias: qué ocurre si se acaba el crédito

Las tarjetas ofrecen un enorme servicio a sus usuarios por la comodidad de poder efectuar pagos en casi cualquier establecimiento sin necesidad de llevar efectivo. Además, para realizar compras por Internet, son prácticamente imprescindibles. Pero no todas las tarjetas son iguales, y no todas permiten disponer de crédito cuando éste se acaba.
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2012 acaba sin aprobarse el certificado de eficiencia energética obligatorio para vender o alquilar viviendas

el certificado de eficiencia energética, un documento obligatorio para vender o alquiler en españa una vivienda en 2013, sigue aún pendiente de enviarse al consejo de ministros para su aprobación definitiva. las reacciones no se han hecho esperar. por ejemplo, el presidente de la asociación española para la calidad (asece), adrián sánchez, muestra su indignación porque en el consejo de ministros de hoy no se ha aprobado el certificado energético básico para vender o alquilar, después de meses de espera

adrián sánchez se pregunta en una carta remitida a sus contactos de linkedin si el gobierno asumirá la multa pertinente por incumplir con la directiva 2002/91/ce del parlamento europeo y del consejo, que obliga tanto a promotores como particulares a promover la eficiencia energética a partir del 1 de enero de 2013

a continuación reproducimos íntegramente el mensaje del presidente de asece en linkedin:

«hoy es 28 de diciembre, día de los santos inocentes, y nos han gastado una broma de muy mal gusto (al menos es mi opinión)

llevamos meses escuchando a directivos, ejecutivos, funcionarios de alto cargo, etc….. decir que la aprobación de la obligada transposición de la directiva europea 2010/31 mediante real decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificis era “inminente”
 
qué gran decepción poder comprobar que hoy, siendo el último consejo de ministros, no se ha aprobado y por lo tanto no se publicará en el boe

son cientos, posiblemente miles de empresas y profesionales que llevan meses (algunos años) manifestando en sus páginas webs que la certificación energética de edificios entra en vigor en enero de 2013. incluso en los cursos impartidos por el idae en colegios profesionales destacaba la inmediata aprobación y puesta en marcha de la principal via de salida a esta crisis para un sector tan afectado como es la edificación y construcción

¿y ahora qué?

 estamos preparados para recibir una nueva demanda de bruselas con su consecuente sanción ¿?

pesa tanto los intereses particulares de algunos sectores empresariales, como para tener el valor de no atender las directivas europeas ¿?

me imagino que durante los próximos días se generará un sinfín de artículos y comentarios al respecto, por lo que tendremos la ocasión de analizar en el tiempo cuales son las consecuencias de tan lamentable decisión

recibir un saludo y feliz año nuevo ¡¡¡»
 

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