Los bancos españoles deberán reevaluar su exposición inmobiliaria que forme parte de la muestra de entre el 1% al 20% de las carteras de riesgo sometidas al examen del Banco Central Europeo (BCE) en caso de que la antigüedad de su tasación se remonte más allá de enero de 2013, en línea con las instrucciones incluidas en el manual del proceso de revisión de la calidad de los activos (AQR) que afectará a los bancos de la zona euro.
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el ibex sigue de capa caída y el asalto a los 10.000 puntos deberá esperar
tras marcar su máximo anual el pasado lunes, cuando alcanzó los 10.037,80 puntos, la bolsa española ha tomado un rumbo descendente lastrada por las caídas en los principales mercados europeos. el ibex 35 ha perdido de vista los 10.000 y, según parece, el nuevo asalto a la icónica cifra deberá esperar, al menos por ahora
a la apertura de hoy, el principal indicador español ha caído un 0,48%. de esta forma, el selectivo madrileño perdía la cota psicológica de los 9.900 enteros, lastrado por el sector bancario, en una jornada protagonizada por la presentación de los resultados de bbva y caixabank
en los primeros compases de la sesión, endesa lideraba las pérdidas, con una caída del 2,14%, seguido de iag (-1,68%), bankinter (-1,35%), santander (-1,19%), bbva (-1,18%) y popular (-0,65%)
unicaja deberá anular las cláusulas suelo de 28 hipotecas
el juzgado mercantil número 2 de málaga ha condenado a unicaja a anular las cláusulas suelo de 28 créditos hipotecarios. según informa adicae, que impuso la demanda agrupada, la entidad tendrá que devolver más de 225.000 euros a los afectados
la sentencia recoge que unicaja se oponía a la demanda alegando que la cláusula "no constituye una condición general de la contratación que pueda ser considerada abusiva afirmando que fue individualmente negociada con cada uno de los actores prestatarios, resultando libremente pactadas"
La Sala recuerda que para que una cláusula tenga condición de abusiva debe cumplir varios requisitos: que no se haya negociado, que sea contraria a la buena fe y que cause un desequilibrio en los derechos y obligaciones derivados del contrato
la jueza que ha dictado el fallo, "nos encontramos ante una cláusula que aparece integrada en una pluralidad de contratos, elaborada, con carácter general, de manera unilateral y previa por la entidad bancaria en la normalidad de los casos, resultando ser la excepción su variación y negociación particular"
asimismo, señala que Tampoco consta que la entidad prestamista demandada "facilitara a los actores una perfecta comprensión de las implicaciones financieras del contrato de préstamo hipotecario que finalmente contrataron, ni una adecuada comprensión del contenido íntegro del contrato", destaca la resolución jurídica
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