no te creas todo lo que te cuentan: desmontando seis falsos mitos sobre el ahorro energético

la sabiduría popular está llena de medias verdades, cuando no directamente mentiras, que han pasado de generación en generación como un mantra, sin que ni siquiera nos hayamos parado a pensar si son ciertas o no

con más de cuatro millones de españoles con problemas para pagar el recibo de la luz o el gas, cada vez más familias tiran de recomendaciones o trucos de amigos y conocidos para tratar de reducir el consumo energético de sus hogares y así reducir la factura. pero cuidado, no siempre esos consejos son acertados. en ocasiones son incluso contraproducentes

existen algunos falsos mitos alrededor de la eficiencia energética que impiden a los usuarios reducir su consumos. estos son los más habituales que ha detectado y desmontado el portal kelisto.es:

1.- dejar la calefacción todo el día encendida a baja temperatura gasta menos que encenderla y apagarla

falso: dejar la calefacción encendida, aunque sea a una temperatura moderada, supone un gasto más elevado que encenderla solo cuando la casa esté ocupada. si se quiere tener la vivienda caliente antes de llegar basta con instalar un termostato que encienda la calefacción a la hora programada

2.- los aparatos eléctricos como la televisión, el ordenador, cargadores de teléfono, etc. no consumen electricidad cuando están enchufados pero no se están usando

falso: algunos aparatos eléctricos consumen energía aunque no se estén utilizando, es lo que se denomina dejarlos en espera o en stand by. en concreto, esta práctica supone el 7% del gasto eléctrico anual en una vivienda

3.- es más barato poner la lavadora o el lavavajillas por la noche

depende: los consumidores que cuenten con una tarifa de discriminación horaria pagarán menos si utilizan sus aparatos eléctricos en las “horas valle” que van de las 22.00 a las 12.00 horas  en invierno y de las 23.00 a 13.00 horas en verano. los consumidores que no cuenten con este tipo de tarifa pagarán lo mismo por el día que por la noche

4.- la vitrocerámica consume menos energía que la cocina de gas

falso: aunque es una creencia extendida, lo cierto es que la vitrocerámica consume hasta cuatro veces más que una cocina de gas

5.- dejar un ordenador encendido consume menos que apagarlo y encenderlo de nuevo

falso: si lo dejamos encendido, por ejemplo, durante toda la noche el gasto será superior a apagarlo y encenderlo de nuevo por la mañana. de igual modo, dejar el ordenado con el salvapantallas o en modo sueño, también implica un consumo energético, por lo que si vamos a estar varias horas sin utilizarlo, lo mejor es apagarlo y desenchufarlo

6.- cambiar de proveedor de energía es complejo y costoso

falso: el cambio de proveedor no implica ningún coste ni hay que realizar adaptaciones ni obras. la nueva compañía se encargará de todas las gestiones y el cambio se producirá de forma automática

idealista news – últimas noticias

industria abre actas de inspección a varias inmobiliarias por el certificado energético

publicitar la venta o alquiler de una vivienda sin hacer mención a su calificación energética se multa. el ministerio de industria ha abierto al menos cinco actas de inspección a varias inmobiliarias de navarra que podrían derivar en sanciones leves de entre 300 y 600 euros. sin embargo, los expertos consultados por idealista news aseguran que la responsabilidad última es del propietario de la vivienda aunque no descartan categóricamente que en algún caso se sancione a la inmobiliaria

según el régimen sancionador del certificado energético, publicitar la venta o alquiler de una vivienda que deba disponer de este requisito sin hacer mención a su calificación energética conlleva una sanción leve con multa de 300 a 600 euros

así, las inmobiliarias tanto en sus escaparates, como en sus web, deben publicitar desde el pasado día 1 de junio la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. pero los abogados y expertos consultados de baker & mckenzie y sociedad de tasación aseguran que la obligación de contar con este certificado corresponde a los promotores (en caso de obra nueva) y a los propietarios de viviendas en caso de viviendas usadas

sin embargo, desde sociedad de tasación no descartan categóricamente que en algún momento aparezca una interpretación que haga responsable también al medio en que se publicita la venta/alquiler del inmueble (agencia inmobiliaria o portal inmobiliario) y "en tanto no haya jurisprudencia en un sentido o en otro, nadie puede poner la mano en el fuego sobre este asunto", añaden

desde la sección de energía y minas de la dirección general de industria e innovación de navarra aseguran que la infracción es doble: una, el particular que no realiza la certificación y otra, la del medio o empresa que no publicita según el decreto

 

noticias relacionadas:

el propietario, único responsable de tener el certificado energético de vivienda

publicado el régimen sancionador del certificado energético que entra en vigor mañana

15 respuestas a las principales dudas sobre el certificado energético para viviendas

idealista news – últimas noticias

Mitos sobre el certificado energético a desmontar en 2014

Desde que el pasado 1 de junio entrara en vigor el certificado energético obligatorio para la venta o alquiler de inmuebles son muchas las dudas que se han generado entre propietarios, compradores o inquilinos. Fruto de la desinformación, son varios los mitos que rodean al certificado energético.
Noticias fotocasa.es

Primera multa de 4.000 euros por falsear los datos de un certificado energético

Tras siete meses desde su entrada en vigor ya se han tramitado más de 99.000 certificados energéticos y ahora, la Comunidad de Madrid, ha impuesto la primera sanción, de 4.000 euros, a un técnico por falseamiento de datos en la emisión del informe. «La información que recogía el certificado no se correspondía con la realidad», señala la Dirección General de Industria, Energía y Minas (DGI), organismo encargado de su registro y control.
Noticias fotocasa.es

Certificado energético: ¿qué puede ocurrir si se hace la "vista gorda"?

Desde el pasado 1 de junio, los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda deben obtener un certificado energético muchos propietarios están optando por pactar con el inquilino y alquilar la vivienda sin solicitar el documento. Según Finanzas, es la tónica general, pero hay importantes riesgos explícitos a tener en cuenta.
Noticias fotocasa.es

Un certificado energético, diecisiete reglamentos para obtenerlo

Certificar la Eficiencia Energética de una vivienda tiene un precio diferente en cada comunidad autónoma. Por ejemplo, los residentes en Andalucía, Cataluña o Madrid no pagan nada por registrar el documento, pero para los extremeños este trámite burocrático tiene una tasa de 22 euros, en Murcia, de 7,57 euros, y en Baleares de 4,78 euros.
Noticias fotocasa.es

la guerra de precios por el certificado energético pone en peligro su calidad

la entrada en vigor de la normativa que obliga a los propietarios de viviendas a tener un certificado energético para poder vender o alquilar su casa, ha traido consigo una guerra de precios que según los profesionales está poniendo en peligro la calidad del estudio. se han llegado a ofrecer certificaciones energéticas con cupones descuento que dejan su precio incluso por debajo de los 90 euros, algo que los expertos indican que hace imposible obtener un certificado de calidad

idealista news – ultimas noticias

sociedad de tasación: “tranquilidad, habrá un periodo de adaptación para conseguir el certificado energético”

juan fernández aceytuno, director general de sociedad de tasación, cree que hay una “paranoia absoluta” con la entrada en vigor a partir de junio de la normativa por la que se obliga a los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda a contar con el certificado energético. en inmonext, quiso mandar un mensaje de tranquilidad del sector inmobiliario ante la entrada en vigor habrá un periodo de adaptación para que las viviendas se vayan adaptando a la nueva normativa

en este sentido, el directivo explicó que en muchas comunidades autónomas aún no se han creado los registros donde será necesario inscribir el certificado energético, para obtener la etiqueta energética. “el certificado energético es un producto de altísima calidad. en sociedad de tasación estamos trabajando para seleccionar los proveedores y técnicos adecuados para esta tarea”, destacó

recordó que la certificación energética de los inmuebles entraña un “altísima responsabilidad”, ya que si ésta no se hace correctamente el comprador puede demandar. asimismo, el vendedor de una vivienda también puede reclamar si la certificación es errónea

“da la sensación de que cualquiera puede hacer una certificación energética simplemente descargándose un programa”. aceytuno subrayó que certificar un inmueble tiene una responsabilidad altísima. “si se da la máxima calificación energética a una vivienda cuando en realidad le corresponde una inferior, el comprador de ese piso puede demandar por ese error. también puede hacerlo el vendedor”, reiteró

respecto a la evolución del precio de la vivienda, el experto indicó que el valor de los pisos no se incrementará hasta que no haya una mejora del empleo y del acceso a la financiación. “el precio de la vivienda jamás ha subido con datos de empleo negativos. además, sin financiación esto no se sostiene”, aseveró

aceytuno recordó que desde máximos el precio de la vivienda ha retrocedido un 50%. según datos de la tasadora, el último trimestre el valor de los pisos ha cedido un 17% respecto al mismo periodo del año anterior. “no es malo que el precio de la vivienda baje. cuando antes se encuentra la oferta y la demanda, antes comenzará a reactivarse la actividad del sector”, apostilló

 

las ponencias de inmonext

 

verónica seva-gonzález
presidenta nar para españa
renzo riva
gerente de atípika
miguel temboury
subsecretario del min. de economía
rafael rodríguez tovar
presidente aegi
josé carlos díez
economista jefe intermoney
mikel echavarren
ceo de irea
rosa ruiz de aguirre
gerente ihg inmobiliaria
josé manuel fernández
sub.director general uci
juan fdez aceytuno
director general sociedad tasación
walter de luna
director general sareb

volver a la portada de inmonext

idealista news – ultimas noticias

15 respuestas a las principales dudas sobre el certificado energético para viviendas

a partir del próximo 1 de junio todo propietario que quiera vender o alquilar su vivienda debe contar con el certificado de eficiencia energética en cumplimiento del real decreto 235/2013, de 5 de abril. te resolvemos las dudas más relevantes al respecto

1) ¿qué es el certificado energético?

es un documento que incluye la calificación de la eficiencia energética y el consumo de un edificio o parte de éste (vivienda, local, oficina etc.), información del procedimiento, descripción de las características energéticas y recomendaciones de mejora viables. la calificación debe registrarse en un organismo oficial de la comunidad autónoma correspondiente para que tenga el carácter de certificado

2) ¿quién está obligado a tener el certificado energético?

el propietario o promotor que quiera vender o alquilar su vivienda debe contar con el certificado energético a partir del próximo 1 de junio. además, tanto el propietario como el promotor son los responsables de presentar el certificado en el organismo correspondiente para su registro

3) ¿cuándo es obligatorio contar el certificado energético?

a partir del 1 de junio de este año será obligatorio tener el certificado energético para alquilar o vender una vivienda y este documento se deberá entregar al comprador o mostrar al nuevo inquilino. sin embargo, también se necesita la etiqueta energética que deberá emitir la comunidad autónoma pertinente y sólo cuatro de ellas están preparadas para emitir la etiqueta. esto significa que aunque desde el 1 de junio será “obligatorio” habrá propietarios con un certificado energético pero sin registrar y, por consiguiente, sin etiqueta energética que exhibir hasta que la ccaa cree el registro y la regulación correspondiente. en italia, hubo hace unos años el mismo revuelo que hay aquí actualmente a medida que se acercaba la fecha límite, sin embargo, al llegar hubo un periodo de adaptación para todos (propietarios, administración, etc) debido a la complejidad de tenerlo todo listo en fecha

4) ¿hay un plazo de adaptación para las ccaa?

el real decreto da un plazo de tres meses desde su entrada en vigor (el pasado 14 de abril) para que las comunidades autónomas aprueben la regulación de los certificados energéticos

5) ¿qué comunidades autónomas cuentan ya con un registro de certificaciones energéticas?

las únicas ccaa que cuentan ya con un registro son andalucía, valencia, galicia y canarias, según la tasadora tinsa. la comunidad de madrid todavía no cuenta con un registro ni con una regulación sobre este tema

6) ¿qué organismo controlará los certificados energéticos?

el real decreto en su artículo 5 concede la competencia a las comunidades autónomas, así que son las que deben regular la certificación energética y crear un registro oficial donde se inscribirán todas las certificaciones. aún se desconoce si la ccaa correspondiente cobrará una tasa al propietario o promotor de la vivienda por registrar el certificado pero los expertos de la tasadora tinsa no descartan que quieran fijar una tasa con fines recaudatorios

7) ¿qué ocurre cuando se registra el certificado energético en el organismo oficial?

registrar el certificado en el organismo autonómico supone conceder la etiqueta energética obligatoria para vender o alquilar el inmueble

8) ¿qué vigencia tiene el certificado energético?

tendrá una validez de 10 años y  el propietario será responsable de la renovación o actualización conforme a lo que establezca el órgano competente de la comunidad autónoma.

9) ¿cuánto costará el certificado energético?

los expertos de la tasadora tinsa afirman que el precio lo fijará el mercado, es decir, la ley de la oferta y la demanda. se ha fijado un precio medio de unos 250 o 300 euros pero todo dependerá de las dimensiones de la vivienda y de la oferta de profesionales certificadores

10) ¿qué consecuencias hay si no se tiene el certificado a la hora de vender o alquilar?

el real decreto determina un régimen sancionador por incumplimiento de este requisito obligatorio en toda compraventa o alquiler de un inmueble. según tinsa, habrá tres tipos de sanciones, una leve, otra grave y otra muy grave y las cuantías de las sanciones irán desde los 3.000 euros hasta los 600.000 euros

11) ¿de qué manera se va a vigilar el cumplimiento de este requisito obligatorio?

el real decreto menciona en su artículo 10 que las ccaa deberán vigilar y comprobar el cumplimiento de la obligación de contar con el certificado de eficiencia energética pero la realidad es que a día de hoy casi ninguna dispone de un cuerpo de técnicos especializados. según un experto de tinsa, sólo hay una autonomía que dispone de un equipo de unos 180 técnicos preparados para vigilar que se cumple con el requisito, aunque no ha querido precisar cuál. además, asegura que hay expertos que se están ofreciendo a los organismos oficiales para hacer esta labor

12) ¿puede un particular denunciar al propietario por no disponer del certificado?

a partir del 1 de junio cualquier consumidor puede denunciar a aquel propietario que quiera venderle o alquilarle una vivienda sin el certificado energético. puede darse el caso de que el propietario cuente con el certificado pero aún no lo ha podido registrar porque la ccaa pertinente todavía no ha creado el registro. en estas situaciones, el propietario puede respirar tranquilo

13) ¿quién podrá ser certificador?

será emitido por un técnico competente elegido libremente por el propietario. según tinsa, técnico competente será un arquitecto, arquitecto técnico o ingenieros. aquellas personas que se sacaron el título de certificador sin ser ingeniero por el momento no podrán emitir certificaciones. el ministerio de educación está inmerso en llegar a un acuerdo para que este tipo de personas que han conseguido el título puedan llevar a la práctica el certificado, según recuerdan desde tinsa. además, los colegios de arquitectos cuentan con un listado público al que acudir para elegir un arquitecto competente en la materia. por ejemplo, el colegio de arquitectos de madrid cuenta con un listado para elegir a un certificador homologado

14) ¿qué edificios están exentos del certificado energético?

los edificios y monumentos protegidos oficialmente, los lugares exclusivos de culto o actividades religiosas, las construcciones provisionales (para uso previsto igual o menor a dos años), las partes no residenciales de edificios industriales, de la defensa y agrícolas, los edificios aislados con menos de 50 m2 útiles y edificios con un uso menor de 4 meses al año

15) ¿cuál es el fin del certificado energético impuesto desde europa?

la finalidad es que las viviendas en españa sean lo más eficientemente posibles. el objetivo del gobierno y de europa es lograr que aquellas viviendas con peor calificación energética sean sometidas a reformas para mejorar su eficiencia energética. el horizonte es que todas las viviendas que se construyan a partir del 31 de diciembre de 2020 tengan un consumo de energía casi nulo, tal y como está establecido en la disposición adicional del real decreto 235/2013, de 5 de abril. dicho real decreto busca conocer el estado actual del parque de viviendas de españa para saber qué medidas establecer para mejorar su eficiencia

idealista news – ultimas noticias

el consejo de ministros aprueba el certificado energético obligatorio a partir del 1 de junio

el consejo de ministros ha aprobado el certificado energético que será obligatorio para los propietarios que quieran vender o alquilar su vivienda a partir del próximo 1 de junio, tal y como ya adelantó idealista news. según el ministerio de fomento, el 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa de eficiencia energética y que, en general, las viviendas en españa consumen el 17% de toda la energía del país

dentro de la política de apoyo a la vivienda y rehabilitación y dando cumplimiento con la normativa comunitaria, el consejo de ministros ha aprobado el real decreto para la certificación de eficiencia energética de los edificios existentes

este documento será exigible en dos meses “para los contratos de compraventa o arrendamiento”. la nueva fecha del 1 de junio supone un retraso respecto al 1 de enero pasado que figuraba en el borrador anterior. por tanto a partir de junio será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética

este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía

programas informáticos del idae

como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del ministerio de industria, energía y turismo y del ministerio de fomento, el idae ha elaborado los programas informáticos ce3 y ce3x, ambos publicados como documentos reconocidos a disposición de los técnicos certificadores

además, el idae se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas ce3 y ce3x. finalmente, idae se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente

obligaciones para las administraciones públicas

igualmente, y como actuación ejemplarizante de las administraciones públicas, el real decreto obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m2 inicialmente que sean frecuentados habitualmente por el público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética

así, el complejo cuzco que alberga a los ministerios de industria, energía y turismo, economía y competitividad y parte de hacienda y administraciones públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética c

noticias relacionadas:

el certificado energético para vender o alquilar vivienda podría ser obligatorio a partir del 1 de junio

el certificado energético llega al consejo de estado, penúltimo paso para su aprobación

el gobierno exigirá que todas las viviendas usadas que se vendan o alquilen cuenten con un "certificado energético"

 

 

idealista news – ultimas noticias