los administradores de fincas acusan a sareb de no cumplir sus obligaciones como nuevo propietario

sareb está cogiendo los mismos “vicios” que realizan muchas entidades financieras cuando se adjudican una vivienda. así, el colegio profesional de administradores de fincas de madrid (cafmadrid) señala que, por ejemplo, sareb está retrasando la inscripción de sus activos inmobiliarios en el registro de la propiedad para así “no ser identificado como nuevo propietario y, en consecuencia, asumir sus obligaciones de pago”

las mismas fuentes destacan que existen casos en los que el comprador exonera, muchas veces sin saberlo, a la sareb de su obligación de presentar el certificado de deuda que reconoce que está al corriente de los pagos. “es entonces cuando el comprador se encuentra con que el piso arrastra una deuda de la que no había sido convenientemente informado por parte del banco malo”,  reconoce ángel ignacio mateo, secretario del cafmadrid

mateo puntualiza que pese ante esto  “la comunidad estará en su derecho de reclamar la cantidad a la sareb por estar igualmente obligado a hacer frente a la afección real“

los administradores de fincas recuerdan que la última reforma de la lph, operada por la ley 8/2013, obliga al nuevo propietario a pagar las deudas contraídas con la comunidad correspondientes a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición de la vivienda y los tres años naturales inmediatamente anteriores (denominado afección real)

además, recalca que la entidad que preside belén romana no cumple su obligación de comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad el cambio de titularidad del inmueble

al mismo tiempo, mateo indica que sareb es una de las entidades que menos se preocupan por la conservación del edificio una vez que adquieren, en su mayor parte, viviendas vacías procedentes de entidades bancarias. “mientras, el resto de los propietarios tienen que hacerse cargo, mediante derramas, de los pagos que dejan de realizar, para atender el mantenimiento del inmueble”, apostilla

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Los seguros del alquiler no están pensados para proteger al propietario de la morosidad

En los últimos años y como consecuencia del aumento del alquiler y del miedo a los impagos, los seguros de protección de rentas se están extendiendo en el mercado del alquiler como una fórmula que pretende proteger al propietario de la morosidad, a posteriori. Antonio Carroza, Consejero Delegado de Alquiler Seguro, alerta sobre esta modalidad, «los seguros de protección de rentas no pueden combatir con eficacia la morosidad en el alquiler, precisamente porque los seguros están pensados para cubrir eventualidades, accidentes, y no para cubrir los impagos, que detrás tienen una intencionalidad».
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la duda resuelta del día: ¿cómo reclamar el pago de la comunidad a un banco propietario de un piso?

en nuestro consultorio, un usuario, en calidad de presidente de una comunidad de vecinos, quiere saber cómo puede reclamar a un banco el pago de la cuota y deudas de un piso que embargó. un experto le contesta que debe dirigirse al departamento de gestión de activos del banco y reclamar la deuda a través de un burofax porque está en su derecho

ver cómo se ha resuelto la duda
 

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cuando un propietario no paga la comunidad y alquila el piso ¿quién tiene que afrontar esa deuda?

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¿qué iva me aplican si compré una vpo en 2011 y me la entregan este año?

¿puedo recuperar la señal de una reserva por desestimar la compra?

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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